Reglamentos

  BOG 04 De Abril De 2016. Nº 61

El Ayuntamiento Pleno en la sesión celebrada el 22 de marzo de 2016, aprobó con el quórum legal, el siguiente protocolo para casos de violencia contra las mujeres:               

INTRODUCCIÓN

El presente documento ha sido creado por el Ayuntamiento de Beasain tomando en consideración las recomendaciones de Eudel.

Ante casos de violencia contra las mujeres, la labor del Ayuntamiento se clasificará en cuatro apartados:

  1. Declaraciones públicas del personal político.
  2. La relación con los medios de comunicación y la difusión de casos de violencia contra las mujeres.
  3. La relación con la víctima y su entorno en casos de agresiones sexuales u otras manifestaciones de violencia contra las mujeres.
  4. Procedimiento para la convocatoria de movilizaciones en casos públicos de agresiones sexuales o violencia contra las mujeres.

1.  Declaraciones públicas del personal político ante casos de violencia contra las mujeres.

Considerando

  1. Que ante casos de violencia contra las mujeres que trascienden a la opinión pública (muertes, agresiones sexuales, agresiones en las calles, agresiones en domicilios conocidas y difundidas por el vecindario, etc.) suele demandarse la opinión del personal político de los ayuntamientos.
  2. Que dichas declaraciones son muy importantes para generar una cultura de rechazo hacia la violencia contra las mujeres entre la población.
  3. Que dichas declaraciones son, en ocasiones, la única vía con autoridad para enfrentar rumores y falsas informaciones que suelen circular con mucha rapidez en los municipios.
  4. Se tendrá en cuenta:
  5. Que el área de igualdad prepare argumentaciones verbales y por escrito con el personal político donde se ponga el énfasis en:
  • Contextualizar la agresión. Hay que hacer énfasis en que desaparezca de las declaraciones la calificación de suceso o que la persona declarante señale su sorpresa. Las agresiones siempre se deben enmarcar en la lucha contra la violencia y las políticas de igualdad que se están impulsando a nivel local.
  • Destacar todas las agresiones. Hay que procurar señalar que por cada agresión conocida hay muchas otras que no llegan al público en general porque todavía persisten mitos y prejuicios sobre la «culpabilidad» de las mujeres en estos hechos. No debe dejar nunca de señalarse que las mujeres, independientemente de la hora, el lugar, la relación con el agresor nunca son responsables de la violencia que viven; la violencia es siempre responsabilidad de quien la ejerce.      
  • Destacar que las agresiones suceden en todas partes. Hay una tendencia a ubicar sitios de «riesgo» para las mujeres y eso es importante para dotar a los espacios públicos de mejores condiciones para construir ciudades y pueblos seguros para las mujeres. Pero se debe procurar no reforzar el mito que liga las agresiones con los lugares oscuros y apartados. Las agresiones se producen en las calles pero también ocurren en casa, en los servicios de los bares, en las txos­nas de las fiestas, en los centros de trabajo en todas partes. En este apartado hay que hacer balance entre la importancia de eliminar los puntos de riesgo pero sin reforzar la idea causa-efecto de calle oscura/agresión contra las mujeres.
  • Reiterar que no hay perfiles de agresores. Aunque en este aspecto ya hay avances importantes, nunca es suficiente resaltar que todas las mujeres pueden, podemos ser víctimas de una agresión machista y que no hay ningún tipo especial de hombre entre quienes la ejercen. Se debe evitar en todos los casos mencionar la nacionalidad de la víctima o del agresor, sobre todo teniendo en cuenta que es algo que solo se hace cuando se trata de personas extranjeras.
  • Destacar los avances en la lucha contra la violencia. Es importante que las declaraciones del personal político ante un hecho de violencia contra las mujeres se aprovechen para señalar los avances en políticas de igualdad, actuaciones contra la violencia (cursos, servicios), casos donde las mujeres han frenado agresiones, existencia de asociaciones de mujeres que luchan contra la violencia machista; es decir, todo lo que se está haciendo desde los ámbitos institucionales y asociativos.
  • Evitar declarar que la víctima no había interpuesto denuncia. Ese no es un hecho definitivo. Aunque no hubiese denuncia puede ser que el caso fuera conocido por algún departamento municipal, por otras entidades. Resaltar este aspecto es centrar la atención en la denuncia como la única vía de salida de la violencia. En el supuesto de que hubiese habido una denuncia interpuesta que se retiró posteriormente, señalarlo evitando hacer referencia a lo difícil que resulta para una mujer sostener una denuncia ante las presiones del agresor y su entorno.
  • Moderar el uso de adjetivos. Aunque es comprensible que un hecho de violencia contra las mujeres genera indignación, la profusión de adjetivos no hace más firme la declaración institucional. Es decir, llenar la condena con adjetivos negativos sobre los hechos y las personas no va a contribuir a generar más conciencia y sensibilidad. 

Las declaraciones institucionales y las opiniones del personal político no siempre son reflejadas fielmente en los medios de comunicación, o aparecen solo en una mínima parte. Por ello es importante difundir los mensajes a través de otros medios oficiales con los que cuente el ayuntamiento: periódico municipal, Web, redes sociales, boletines informativos, etc.

El ayuntamiento de Beasain propone:

  1. Identificar las situaciones de riesgo y realizar tareas de prevención (celebraciones de San Juan Bosco, Navidades, Jazpana, fiesta de la cerveza), como por ejemplo colocar notas en los vasos de las txos­naz, colocar mesas informativas.
  2. Por otro, en caso de asesinato, se considera necesario mencionar nombre y apellidos de la mujer asesinada; y omitir en el resto de los casos.
  3. El Ayuntamiento, utilizará los paneles informativos, redes sociales, notas de prensa, para denunciar estas agresiones, informar y realizar tareas de sensibilización.
  4. Mensualmente, se informará de los datos cuantitativos en el municipio. Y se difundirá un balance al finalizar el año.               

2.  Acuerdos para el trato con los medios de comunicación, así como para la difusión en casos de violencia contra las mujeres.

Considerando

  1. Que los medios de comunicación son un canal fundamental para difundir los avances en la lucha contra la violencia hacia las mujeres.
  2. Que, sin embargo, no todos ellos siguen unas pautas adecuadas para tratar estos temas.
  3. Que la inmediatez de su labor informativa les exige demandar declaraciones políticas e institucionales en el menor tiempo posible.
  4. El ayuntamiento de Beasain propone:
  5. En adelante, La Policía local derivará la información recibida desde la Ertzain­tza, a las áreas de Servicios Sociales e Igualdad.
  6. Para responder a los medios de comunicación, la información se centralizará en la oficina de comunicación del ayuntamiento. Quien tendrá una comunicación fluida con las áreas de Igualdad, Bienestar social y Policía local.
  7. No se darán respuestas inmediatas, hasta contrastar la información recibida.
  8. Quien solicite más información (prensa, asociaciones.) será derivada al gabinete de prensa de la Ertzain­tza.
  9. En casos de denuncia, se informará por escrito a las Asociaciones de mujeres y grupos feministas del municipio.
  10. Recordar siempre los recursos existentes de apoyo a las mujeres que enfrentan la violencia y, sobre todo, los teléfonos a los que pueden llamar recordando su carácter gratuito, de servicio 24 horas en varios idiomas y que no dejan huella en la factura. Recordar asimismo que a estos teléfonos también pueden llamar otras personas preocupadas por el tema.
    • Si estas en riesgo o tienes lesiones 112.
    • Si quieres información 900.840.111.
    • Servicios Sociales del Ayuntamiento 943.028.050.

3. Acuerdos para la relación con la víctima y su entorno en casos de agresiones sexuales u otras manifestaciones de violencia contra las mujeres.

Considerando

  1. Que las mujeres que han enfrentado o están enfrentando algún tipo de violencia serán las protagonistas, y decidirán hacer o no pública su vivencia. Y de hacerla, cómo quieren hacerla.
  2. En casos de agresión, la familia tendrá el apoyo del personal político.

El ayuntamiento de Beasain propone:

Ante el conocimiento de cualquier hecho de violencia (a través de los medios de comunicación, la policía, la propia víctima, alguna persona del municipio) es una prioridad contactar con la víctima, o con su familia si se trata de un caso con resultado de muerte.

  1. En caso de que se trate de una chica menor de edad, el primer contacto será con la familia o tutor/tutora legal a fin de ofrecerle el apoyo necesario y establecer las vías de contacto con la víctima. Se evitará dar informaciones (que puedan identificar o relacionar a la víctima con su entorno), para preservar su derecho a la intimidad y evitar una doble victimización.
  2. Tras contrastar las ideas de la víctima o su familia, se podrán organizar actividades públicas si así se acuerda.

4.  Procedimiento para la convocatoria de movilizaciones en casos de agresiones sexuales u otras manifestaciones de violencia contra las mujeres.

Considerando

  1. Que hay un protocolo de actuación para casos de violencia contra las mujeres con consecuencia de muerte, pero no existe un protocolo común para las actuaciones ante casos que no ocasionan la muerte de la víctima.
  2. Que el derecho a manifestarse y llamar a manifestaciones de repudio contra la violencia hacia las mujeres lo puede ejercer cualquier persona o grupo además de las instituciones.

El ayuntamiento de Beasain propone:

  1. El Ayuntamiento realizará un llamamiento para una concentración, invitando a adherirse tanto a las asociaciones como a la ciudadanía en general. Por otro lado, tanto las organizaciones municipales como las asociaciones, podrán realizar convocatorias cuando consideren oportuno.
  2. Que se debata el sentido de las concentraciones como una respuesta eficaz para romper el silencio en torno a estos hechos machistas, pero también para crear conciencia y sensibilización. Para ello, es importante que la concentración de rechazo, cuando se haga por un caso en concreto, se realice una vez contrastada la información de que se disponga.
  3. Los casos de muerte, agresiones sexuales, o cualquier otra denuncia de maltrato, se circunscribe al municipio de Beasain. En algunos casos, y según las circunstancias, podría acordarse realizar una denuncia.
  4. El Ayuntamiento de Beasain denunciará directamente las agresiones, invitando a la ciudadanía a participar en las mismas.

Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Gipuzkoa en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al del recibo de la presente notificación. Con carácter potestativo y previamente a la vía contencioso administrativa, podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes que se contará desde el día siguiente al de la fecha de recepción de la presente notificación.

Todo ello, conforme a lo establecido en los arts. 116 y 117 y concordantes de la Ley 4/1999 de 13 de enero, y sin perjuicio de cualquier otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.    

 

Fecha última actualización: 30/05/2016